Micelio

Artículo 6

Podrán Votar En Las Próximas Elecciones De Representantes Al Congreso Los Colombianos, Varones, Que Hayan Obtenido La Nueva Cédula, Según Las Recomendaciones De La Misión Técnica Canadiense

Decreto 2830 de 1952 · Por el cual se dictan varias disposiciones para las elecciones de Representantes al Congreso

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Podrán votar en las próximas elecciones de Representantes al Congreso los colombianos, varones, que hayan obtenido la nueva cédula, según las recomendaciones de la Misión Técnica Canadiense. Para este efecto, la Registraduría Nacional del Estado Civil enviará a los Registradores Municipales, los censos numéricos correspondientes a los ciudadanos que se encuentren en el caso, previsto en este artículo, a fin de que puedan sufragar en las mesas especiales de votación que deben establecerse.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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