Micelio

Artículo 42

Es Prohibido A Los Botes Que Gocen De Patente, Para Pescar Con Escafandro, Llevar A Buzos De Cabeza Que No Figuren En El Personal De La Tripulación

Decreto 1315 de 1923 · Por el cual se reglamenta la pesca de perlas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Es prohibido a los botes que gocen de patente, para pescar con escafandro, llevar a buzos de cabeza que no figuren en el personal de la tripulación. Este personal debe ser el estrictamente necesario, y en él no pueden ir sino los vigilantes o inspectores y los empresarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1315 de 1923