°. Los documentos de que trata el artículo que precede se acompañarán al memorial de demanda, que debe ser elevado al Ministerio de Instrucción y Salubridad Pública con la constancia del nombre, apellido y naturaleza del interesado Y una relación precisa De los servicios que no hayan considerado como causa para contraer la enfermedad, citando las fechas en que se principió a prestarlos en que se cesó en las funciones del cargo respectivo.
Artículo 2
Los Documentos De Que Trata El Artículo Que Precede Se Acompañarán Al Memorial De Demanda, Que Debe Ser Elevado Al Ministerio De Instrucción Y Salubridad Pública Con La Constancia Del Nombre, Apellido Y Naturaleza Del Interesado Y Una Relación Precisa De Los Servicios Que No Hayan Considerado Como Causa Para Contraer La Enfermedad, Citando Las Fechas En Que Se Principió A Prestarlos En Que Se Cesó En Las Funciones Del Cargo Respectivo
Decreto 447 de 1924 · Por el cual se reglamenta la ley 40 de 1922 y el artículo 1º de la Ley 86 de 1923, en la parte que se relaciona con los empleados que hayan adquirido la enfermedad de lepra en servicio del ramo de Lazaretos
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.