El régimen de remuneraciones, primas y bonificaciones, viáticos, horas extras y subsidios para el personal de empleados públicos y trabajadores oficiales del Instituto de Casas Fiscales del Ejército será el que determine por Acuerdo la Junta Directiva, mediante aprobación del Gobierno. En consecuencia, los empleados públicos y trabajadores oficiales del Instituto de Casas Fiscales del Ejército para efectos, de remuneraciones, primas, bonificaciones, viáticos, horas extras y subsidios, no se regirán por las normas establecidas para el personal civil del Ministerio de Defensa.
Decreto 2345 de 1971 →Vigente
Artículo 27
El Régimen De Remuneraciones, Primas Y Bonificaciones, Viáticos, Horas Extras Y Subsidios Para El Personal De Empleados Públicos Y Trabajadores Oficiales Del Instituto De Casas Fiscales Del Ejército Será El Que Determine Por Acuerdo La Junta Directiva, Mediante Aprobación Del Gobierno
Decreto 2345 de 1971 · Por el cual se reorganizan Casas Fiscales del Ejército
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.