Los detenidos que ejecuten buenas acciones, o que se distingan por su conducta ejemplar o nobleza de carácter, deben ser recompensados, a juicio del Director, tratando de crear por este medio una sana emulación entre los detenidos. TITULO TERCERO Régimen de los condenados. CAPÍTULO I Normas generales.
Decreto 1405 de 1934 →Vigente
Artículo 183
Los Detenidos Que Ejecuten Buenas Acciones, O Que Se Distingan Por Su Conducta Ejemplar O Nobleza De Carácter, Deben Ser Recompensados, A Juicio Del Director, Tratando De Crear Por Este Medio Una Sana Emulación Entre Los Detenidos
Decreto 1405 de 1934 · Sobre régimen carcelario y penitenciario
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.