º. El artículo 11 del Decreto 1998 de 1972 quedara así: "A la solicitud se acompañarán los siguientes documentos
Prueba de la representación legal de la sociedad emisora y del establecimiento de crédito que representa a los tenedores de bonos.
Constancia sobre las personas que ejerzan la revisoría fiscal de la sociedad emisora.
Copia del proyecto del contrato de emisión.
Copia del acta de la reunión de la asamblea general de accionistas en que ordenó la emisión.
Copia del acta de la Junta Directiva en que se aprobó el prospecto de emisión, cuando la asamblea de accionistas hubiere delegado tal atribución.
Modelo de los bonos.
Las demás informaciones de carácter jurídico, económico y financiero que por vía general señale la Comisión Nacional de Valores.
La Comisión Nacional de Valores podrá exigir explicaciones sobre cualquier documento a su estudio".