Disminución de los desperdicios de alimentos para consumo humano. Para prevenir y disminuir los desperdicios de alimentos para consumo humano, y mejorar los procesos en las etapas de distribución, comercialización y consumo, se establecen las estrategias y acciones dispuestas en los artículos 2.22.1.2.3.2. a 2.22.1.2.3.6. del presente Decreto.
Decreto 1071 de 2015 →Vigente
Artículo 2.22.1.2.3.1
Disminución De Los Desperdicios De Alimentos Para Consumo Humano
Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.