Decreto
Decreto 375 de 2022
por el cual se adiciona la Parte 22 al Libro 2 del Decreto 1071 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, en lo relacionado con la disminución de las pérdidas y los desperdicios de alimentos.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Adiciónese La Parte 22 Al Libro 2 Del Decreto 1071 De 2015, Decreto Único Reglamentario Del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero Y De Desarrollo Rural, El Cual Quedará Así: “parte 22 Pérdidas Y Desperdicios De Alimentos Título 1 Pérdidas Y Desperdicios De Alimentos Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 22Vigencia
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Iván Duque MárquezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, los artículos 5° y 7° de la Ley 1990 de 2019, y
- Rodolfo Zea NavarroEl Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural
- Fernando Ruiz GómezEl Ministro de Salud y Protección Social
- María Ximena Lombana VillalbaLa Ministra de Comercio, Industria y Turismo
- María Victoria Angulo GonzálezLa Ministra de Educación Nacional
- Carlos Eduardo Correa EscafEl Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible
- Jonathan Malagón GonzálezEl Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio
- Ángela María Orozco GómezLa Ministra de Transporte
- Alejandra Botero BarcoLa Directora del Departamento Nacional de Planeación
- Susana Correa BorreroLa Directora del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social