Micelio

Artículo 65

En Armonía Con El Artículo 12 Del Decreto Legislativo 1604 De 1966, Una Vez Expedidas Las Resoluciones Distribuidoras Dé La Contribución De Valorización Se Comunicará Al Respectivo Registrador De Instrumentos Públicos Para Su Inscripción

Decreto 3546 de 1980 · Por medio del cual se aprueba el acuerdo número 055 de 1980 expedido por la Junta Directiva de la CAR

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En armonía con el artículo 12 del Decreto legislativo 1604 de 1966, una vez expedidas las resoluciones distribuidoras dé la contribución de valorización se comunicará al respectivo registrador de instrumentos públicos para su inscripción.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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