Micelio

Artículo 70

El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público-Dirección General Del Presupuesto- De Oficio O A Petición Del Jefe Del Organismo O Entidad, Hará Por Resolución Las Aclaraciones Y Correcciones De Leyenda Necesarias Para Enmendar Los Errores De Transcripción Y Aritméticos, Que Figuren En El Presupuesto De 1991

Decreto 3106 de 1990 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1991, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 70. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público-Dirección General del Presupuesto- de oficio o a petición del jefe del organismo o entidad, hará por resolución las aclaraciones y correcciones de leyenda necesarias para enmendar los errores de transcripción y aritméticos, que figuren en el presupuesto de 1991. En el caso de los aportes para el plan y programa de fomento a empresas útiles y benéficas de desarrollo regional y los del sector central incluidas en el presupuesto a iniciativa del legislativo, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Dirección General del Presupuesto-, hará por resoluciones las correcciones de leyenda al presupuesto de 1991 y vigencia anterior, a petición de la Mesa Directiva de la Comisión Cuarta de la Cámara de Representantes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3106 de 1990