°. El sistema de clasificación y remuneración que por el presente Decreto se establece, regirá para los empleados públicos que desempeñen las distintas categorías de empleos de los establecimientos públicos y empresas industriales y comerciales del Estado adscritos o vinculas al Ministerio de Defensa Nacional. Los trabajadores Oficiales de estas mismas entidades se regirán por los respectivos contratos de trabajo. DE LA CLASIFICACION
Artículo 1
El Sistema De Clasificación Y Remuneración Que Por El Presente Decreto Se Establece, Regirá Para Los Empleados Públicos Que Desempeñen Las Distintas Categorías De Empleos De Los Establecimientos Públicos Y Empresas Industriales Y Comerciales Del Estado Adscritos O Vinculas Al Ministerio De Defensa Nacional
Decreto 588 de 1974 · POR EL CUAL SE FIJA EL SISTEMA DE CLASIFICACIÓN Y REMUNERACIÓN PARA LAS DISTINTAS CATEGORÍAS DE EMPLEOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS Y LAS EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL ESTADO EDSCRITOS O VINCULADOS AL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.