Articulo 2º Para efectos fiscales, se presume que hay remesa de utilidades, en el caso de sucursales de compañías extranjeras, cuando no se demuestre, dentro de las condiciones que señale el reglamento, la reinversión de las utilidades del respectivo ejercicio gravable. En todo caso, el impuesto se causará sobre aquella parte de las utilidades no reinvertida.
Decreto 231 de 1983 →Vigente
Artículo 2
Para Efectos Fiscales, Se Presume Que Hay Remesa De Utilidades, En El Caso De Sucursales De Compañías Extranjeras, Cuando No Se Demuestre, Dentro De Las Condiciones Que Señale El Reglamento, La Reinversión De Las Utilidades Del Respectivo Ejercicio Gravable
Decreto 231 de 1983 · Por el cual se revisan algunas normas relativas al impuesto de renta y complementarios
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.