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Artículo 16

La Designación De Los Fiscales Militares Permanentes, Interinos Y Especiales Se Hará De Terna Que Para Cada Caso Debe Enviar El Respectivo Juez De Primera Instancia A La Procuraduría Delegada Correspondiente

Decreto 1562 de 1990 · por el cual se reglamenta el Decreto-ley 2550 de 1988, Código Penal Militar.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La designación de los Fiscales militares permanentes, interinos y especiales se hará de terna que para cada caso debe enviar el respectivo Juez de Primera Instancia a la Procuraduría Delegada correspondiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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