Funciones del/la Presidente de la CEV. El Presidente de la CEV tendrá las siguientes funciones
Ser el vocero o vocera público de la CEV.
Dirigir y coordinar las actividades conducentes al cumplimiento del mandato, los objetivos de la CEV y coordinar la labor de los comisionados y comisionadas.
Presidir las sesiones del pleno de comisionados/as de la CEV.
Expedir las resoluciones y las órdenes necesarias conforme a lo que defina el pleno de los comisionados, sin perjuicio de las funciones atribuidas al Secretario General de la CEV.
Las demás que se le asignen en la ley y el reglamento de la CEV.