Micelio

Artículo 7

Su Gerente Será Nombrado Por La Junta Directiva Y Será El Representante Legal De La Central; A Él Corresponderá Igualmente La Ejecución De Las Órdenes, Acuerdos O Resoluciones De La Junta Directiva, Según Las Atribuciones Que Se Le Confieran En Los Estatutos Qué Se Expidan

Decreto 1866 de 1956 · Por el cual se crea la Central de Abastecimientos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Su Gerente será nombrado por la Junta Directiva y será el representante legal de la Central; a él corresponderá igualmente la ejecución de las órdenes, acuerdos o resoluciones de la Junta Directiva, según las atribuciones que se le confieran en los estatutos qué se expidan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1866 de 1956