Micelio

Artículo 1

Créase La Comisión Organizadora De La Reunión Que Estará Integrada En La Siguiente Forma: El Ministro De Fomento, Quien La Presidirá, O Su Delegado; El Ministro De Minas Y Petróleos, O Su Delegado; El Secretario De Asuntos Técnicos Y Económicos De La Presidencia De La República, O Su Delegado; El Subsecretario De Asuntos Económicos Y Consulares Del Ministerio De Relaciones Exteriores; El Gerente De La Empresa Siderúrgica Nacional De Paz De Río S

Decreto 1741 de 1952 · Por el cual se crea la Comisión Organizadora de la Conferencia de Expertos de la Industria Siderúrgica en la América Latina y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Créase la Comisión Organizadora de la Reunión que estará integrada en la siguiente forma: El Ministro de Fomento, quien la presidirá, o su Delegado; El Ministro de Minas y Petróleos, o su Delegado; El Secretario de Asuntos Técnicos y Económicos de la Presidencia de la República, o su Delegado; El Subsecretario de Asuntos Económicos y Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores; El Gerente de la Empresa Siderúrgica Nacional de Paz de Río S. A.; El Gerente del Instituto de Fomento Industrial; Un Delegado de la Empresa Siderúrgica Nacional de Paz de Río S. A., experto en asuntos de hierro y acero.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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