La Medalla "Servicios Distinguidos en Orden Público" tendrá las siguientes características: será una cruz teutónica de cuarenta y cinco (45) milímetros en sus ejes máximos. En su centro llevará un sable en banda y un fusil en barra entrelazados con una rama de laurel. Cargando sobre las figuras antes descritas irá un circulo de veinticinco (25) milímetros de diámetro cuyo campo ostentará el escudo con la inscripción "Servicios Distinguidos en Orden Público" (las palabras "Servicios Distinguidos" irán formando un semicírculo u en la parte inferior de éste las palabras "Orden Público" colocadas en faja). Será elaborada en plata quemada para personal de Oficiales en bronce para el personal de tropa. La cruz irá suspendida de una cinta de color gris plomo de cuarenta (49) milímetros de ancho y borde de cuatro (4) milímetros con los colores de la Bandera Colombiana. Cuando la Medalla se confiera más de una vez, se usará solamente una, en cuya venera y cinta llevarán estrellas de acuerdo a la siguiente disposición: Cuando la Medalla se confiera por segunda vez, en la venera y en la cinta llevará una estrella de bronce de cinco (5) milímetros de diámetro; cuando se confiera por tercera vez llevará dos (2) estrellas similares a la ya descrita, una de bronce y una de plata y se colocarán en forma horizontal con cinco (5) milímetros de separación una de otra. Al conferirse por cuarta vez llevará tres estrellas similares a las ya descritas una de bronce, una en plata una en oro colocadas en la venera en forma horizontal similar a lo dispuesto para la tercera vez, y en la cinta colocadas en triángulo de tal manera que queden dos en la parte superior en sentido horizontal y la tercera cinco (5) milímetros debajo de las anteriores. Si se llegare a conferir por quinta vez, llevará cuatro estrellas similares a las ya descritas una en bronce, una en plata y dos en oro, colocadas en la venera en forma horizontal similar a la anterior y en la cinta colocadas formando un cuadro de cinco (5) milímetros de lado en tal forma que las estrellas de oro queden en la base de dicho cuadro.
Decreto 414 de 1974 →Vigente
Artículo 36
La Medalla "servicios Distinguidos En Orden Público" Tendrá Las Siguientes Características: Será Una Cruz Teutónica De Cuarenta Y Cinco (45) Milímetros En Sus Ejes Máximos
Decreto 414 de 1974 · Por el cual se dictan normas sobre Condecoraciones Militares.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.