Micelio

Artículo 85

Autoridad Evaluadora Y Revisora

Ley 1765 de 2015 · por la cual se reestructura la Justicia Penal Militar y Policial, se establecen requisitos para el desempeño de sus cargos, se implementa su Fiscalía General Penal Militar y Policial, se organiza su cuerpo técnico de investigación, se señalan disposiciones sobre competencia para el tránsito al sistema penal acusatorio y para garantizar su plena operatividad en la Jurisdicción Especializada y se dictan otras disposiciones.

1 sentencia lo revisó
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La autoridad evaluadora y revisora del personal de la Fuerza Pública miembro del Cuerpo Autónomo de la Justicia Penal Militar y Policial, será ejercida por oficiales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional integrantes de dicho cuerpo u orgánicos de la Unidad Administrativa Especial, que no intervengan en la evaluación de desempeño judicial.

La evaluación y revisión se efectuará conforme a los reglamentos de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, para la calificación y clasificación del desempeño Militar y Policial.

Régimen disciplinario de los miembros del cuerpo Autónomo de la justicia penal militar y policial

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2016
    C-260/16ConstitucionalidadINHIBITORIO
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
Ver toda la Ley 1765 de 2015