Articulo 5º . Señalase un gravamen ad valorem del 1% a las materias primas clasificables en las posiciones del Arancel de Aduanas que a continuación se indican cuando sean, Importadas para su transformación par empresas productoras de cierres de cremalleras. POSICION DESCRIPCION 51.41.04.99 Hilo de poliéster sin texturizar, retorcido Mono… 51.02.01.99 Monofilamento de nylon color natural de 0.015" x 0.032". 51.02.01.93 Monofilamento de poliéster transparente de 0.40 mms. a 0.78 mms. 73.10.01.89 Alambrón de hierro o acero laminado en caliente de 3.5 mms, a 6.5 mms. 73.12.02.00 Flejes de hierro o acero, laminados en frió, no revestidos ni trabajados de 0.216" a 1.00" ancho por 0.20" a 0.060" espesor. 74.03.01.01 Alambrón de cobre de 0.090" a 0.150" 74.03.02.00 Alambre plano de cobre. - de 0.125" a 0.165" ancho por 0.030" a 0.036" espesor - de 0.010" a 0.440" tanto de ancho como de espesor - de 0.017" a 0.020" espesor. 0.0118" a 0.155" de ancho - de 0.75" a 035" ancho. 0.036" a 0.96" espesor. 76.02.01.00 Alambrón de aluminio de 98" 76.02.03.00 Alambre de aluminio plano - de 0.120" a 0.250" ancho por 0020" a 0.060" espesor - de 0.010" a 0.440" tanto de ancho como de espesor - de 0.017" a 0.020 espesor. 0.0118" a 0.155 ancho - de 0.75" a 0035 ancho. 0.36" a 0.096 espesor. 76.02.03.00 Alambre de aluminio redondo de 0.050" a 0.170". Para tener derecho al anterior gravamen, deberán cumplir en el momento de su nacionalización con los siguientes requisitos
Concepto favorable del ministerio de Desarrollo Eco nómico o de la entidad que ésta designe, y
Clasificación arancelaria emitida por la División del Arancel de la Dirección General de Aduanas.