Micelio

Artículo 2

º La Previsora S

Decreto 2205 de 1988 · Por el cual se autoriza a La Previsora S. A., Compañía de Seguros para asegurar los vehículos automotores de servicio público colectivo de pasajeros

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La Previsora S. A., Compañía de Seguros indemnizará, con sujeción a la suma asegurada, a los propietarios de los vehículos de que trata el presente Decreto, por la pérdida total o parcial por daños que sufran los automotores sus partes o accesorios, durante la prestación del servicio, como consecuencia de hechos terroristas o malintencionados, incluidos aquellos ejecutados por personas pertenecientes a organizaciones subversivas y diferentes a aquellos realizados por el propietario o sus dependientes, ocurridos dentro del término a que se refiere el artículo anterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2205 de 1988