ARTICULO 21. A partir del 1o de enero de 1994, los empleos de Director General de la Caja de Previsión de la Superintendencia Bancaria, el Fondo Nacional de Ahorro, la Caja Nacional de Previsión y el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, quedan clasificados en el Grado 22 del Nivel Directivo, para todos los efectos legales. La citadas entidades procederán a efectuar el cambio correspondiente en la primera nómina de pago.
Artículo 21
A Partir Del 1o De Enero De 1994, Los Empleos De Director General De La Caja De Previsión De La Superintendencia Bancaria, El Fondo Nacional De Ahorro, La Caja Nacional De Previsión Y El Instituto Geográfico Agustín Codazzi, Quedan Clasificados En El Grado 22 Del Nivel Directivo, Para Todos Los Efectos Legales
Decreto 42 de 1994 · Por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos de los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Establecimientos Públicos y Unidades Administrativas Especiales del orden nacional y se dictan otras disposiciones en materia salarial
El texto del artículo
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Historia constitucional
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