Articulo 4° Derogase el articulo 7° del Decreto numero 331 de 1955, salvo en lo relativo a los trueques individuales, que podrán ser autorizados, conforme allí mismo se dispone. Comuníquese y cúmplase.
Decreto 1259 de 1955 →Vigente
Artículo 4
Derogase El Articulo 7° Del Decreto Numero 331 De 1955, Salvo En Lo Relativo A Los Trueques Individuales, Que Podrán Ser Autorizados, Conforme Allí Mismo Se Dispone
Decreto 1259 de 1955 · Por el cual se toman disposiciones sobre pagos al Exterior
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.