La cuantía de los aseguros de los Subsíndicos y agentes especiales, así como las demás condiciones, serán fijadas por medio de resoluciones que dictarán los Síndicos Departamentales, teniendo en cuenta la importancia de cada Oficina. Comuníquese y publíquese.
Decreto 291 de 1922 →Vigente
Artículo 49
La Cuantía De Los Aseguros De Los Subsíndicos Y Agentes Especiales, Así Como Las Demás Condiciones, Serán Fijadas Por Medio De Resoluciones Que Dictarán Los Síndicos Departamentales, Teniendo En Cuenta La Importancia De Cada Oficina
Decreto 291 de 1922 · Por el cual se reglamenta la Ley 53 de 1921, "sobre impuestos para los Lazaretos".
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.