Micelio

Artículo 2

La Exención Solamente Podrá Ser Decretada Por La Jefatura De Rentas E Impuestos Nacionales, Mediante Resolución Fundamentada Y Previa Petición Elevada Directamente O Por Conducto De Apoderado, Por Quien Crea Tener Derecho A Ella

Decreto 388 de 1941 · Por el cual se reglamentan los artículos 46 del Decreto-ley 1157 de 1940, 18, 19 y 20 del Decreto-ley 1439 del mismo año

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La exención solamente podrá ser decretada por la Jefatura de Rentas e Impuestos Nacionales, mediante resolución fundamentada y previa petición elevada directamente o por conducto de apoderado, por quien crea tener derecho a ella.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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