Artículo único. El Acuerdo número 3 de 1963 (enero23), del Consejo Intendencial de San Andrés y Providencia, sobre el reglamento para el funcionamiento interno del Consejo, quedará así: "ACUERDO NUMERO 3 DE 1963 (enero 23) por el cual se dicta el reglamento para el funcionamiento interno del Consejo Intendecial. El Consejo Intendencial de San Andrés y Providencia, en uso de sus facultades legales, y en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto reglamentario número 3272 de 1962, ACUERDA: TITULO PRIMERO De la Junta Preparatoria.
Decreto 464 de 1964 →Vigente
Artículo 15
Del Decreto Reglamentario Número 3272 De 1962, Acuerda: Titulo Primero De La Junta Preparatoria
Decreto 464 de 1964 · por el cual se aprueba, con modificaciones y adiciones, el Acuerdo número 3 de 1963 (enero 23), del Consejo Intendencial de San Andrés y Providencia, sobre el reglamento para el funcionamiento interno del Consejo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.