Procedencia. El recurso extraordinario de revisión procede contra las sentencias ejecutoriadas de la Corte Suprema, los tribunales superiores, los jueces de circuito, municipales y de menores.Se exceptúan las sentencias que dicten los jueces municipales en única instancia.
JURISPRUDENCIA
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 379. Procedencia. El recurso extraordinario de revisión procede contra las sentencias ejecutoriadas de la Corte Suprema, los tribunales superiores, los jueces de circuito, municipales y de menores.Se exceptúan las sentencias que dicten los jueces municipales en única instancia.