Admitida y escogida una propuesta se publicará un extracto de ella en el Diario Oficial, por tres veces, con indicación del Municipio o Municipios, linderos y demás datos que el Gobierno estime convenientes para que los posibles interesados puedan identificar el terreno en donde hayan de hacerse las explotaciones propuestas. Ninguna persona distinta de los interesados o sus representantes podrán consultar los expedientes de propuestas ni obtener dato alguno respecto al curso que lleven en el Ministerio las negociaciones.
Decreto 1054 de 1932 →Vigente
Artículo 22
Admitida Y Escogida Una Propuesta Se Publicará Un Extracto De Ella En El Diario Oficial, Por Tres Veces, Con Indicación Del Municipio O Municipios, Linderos Y Demás Datos Que El Gobierno Estime Convenientes Para Que Los Posibles Interesados Puedan Identificar El Terreno En Donde Hayan De Hacerse Las Explotaciones Propuestas
Decreto 1054 de 1932 · POR EL CUAL SE REGLAMENTAN LOS ARTICULOS 4°, APARTES c) Y d), Y 110 DEL CODIGO FISCAL, Y 5° DE LA LEY 52 DE 1931, Y SE ADICIONA EL DECRETO NUMERO 566 DE 1932
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.