° La Superintendencia Bancaria ejercerá el control de lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto 765 de 1993 por períodos trimestrales. En tal virtud, el total de la cartera correspondiente al final de cada trimestre será la base a la cual se le aplicará el porcentaje requerido de cartera en vivienda de interés social que deberán demostrar los establecimientos de crédito al finalizar el siguiente trimestre. En consecuencia, el primer control que debe efectuar la Superintendencia Bancaria será el correspondiente al tercer trimestre de 1993, en los términos indicados en el inciso anterior.
Decreto 1971 de 1993 →Vigente
Artículo 3
La Superintendencia Bancaria Ejercerá El Control De Lo Dispuesto En El Artículo 1° Del Decreto 765 De 1993 Por Períodos Trimestrales
Decreto 1971 de 1993 · por el cual se reglamentan aspectos relativos a la orientación de recursos del sistema financiero a la vivienda de interés social.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.