Micelio

Artículo 1

La Caja De Vivienda Militar Creada Y Reorganizada Por La Ley 87 De 1947 Y Decreto 3211 De 1963, Es Un Establecimiento Público, Esto Es, Un Organismo Dotado De Personería Jurídica, Autonomía Administrativa Y Patrimonio Independiente, Encargado De Desarrollar La Política Y Los Planes Generales Que En Materia De Vivienda Adopte El Gobierno En Relación Con El Personal Al Servicio De Las Fuerzas Militares Y De La Policía Nacional En Actividad O En Retiro"

Decreto 3073 de 1968 · Por el cual se reorganiza la Caja de Vivienda Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Caja de Vivienda Militar creada y reorganizada por la Ley 87 de 1947 y Decreto 3211 de 1963, es un establecimiento público, esto es, un organismo dotado de personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, encargado de desarrollar la política y los planes generales que en materia de vivienda adopte el Gobierno en relación con el personal al servicio de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional en actividad o en retiro". "No obstante lo anterior la Caja de Vivienda Militar, dentro de los planes de vivienda que adelante para el cumplimiento de los fines establecidos en el presente artículo y con el objeto de arbitrar recursos para la misma, podrá vender a particulares parte de los inmuebles que construya, de acuerdo a precios que fije la Junta Directiva que, en todo caso, deberán ser superiores a aquellos determinados para sus afiliados

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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