Micelio

Artículo 294

Para Asegurar La Sanidad Agropecuaria En El País, Créanse Las Zonas Fronterizas De Control Sanitario, Que Consisten En Franjas De Seguridad En Las Regiones Fronterizas En Extensión Que Se Determinará Según Concepto Técnico

Decreto 2811 de 1974 · por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para asegurar la sanidad agropecuaria en el país, créanse las zonas fronterizas de control sanitario, que consisten en franjas de seguridad en las regiones fronterizas en extensión que se determinará según concepto técnico. Además de las que rijan para el resto del país en las mencionadas zonas se podrán imponer reglas especiales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2811 de 1974