Micelio

Artículo 62

La Antigüedad En El Grado De Oficiales Llamados Al Servicio Activo Será La Correspondiente, En Cada Caso Al Período De Servicio Prestado Durante El Tiempo De Actividad Contado Desde La Fecha Del Decreto Del Último Ascenso Hasta La Fecha Del Decreto Del Retiro

Decreto 3220 de 1953 · Por el cual se reorganiza la carrera de los Oficiales de las Fuerzas Militares

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La antigüedad en el grado de Oficiales llamados al servicio activo será la correspondiente, en cada caso al período de servicio prestado durante el tiempo de actividad contado desde la fecha del decreto del último ascenso hasta la fecha del decreto del retiro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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