La Registraduria Nacional del Estado Civil podrá adquirir directamente y sin intervención del Departamento Nacional de Provisiones los elementos y útiles que se requieran para el cumplimiento eficaz de sus funciones. Toda adquisición que se haga de acuerdo con lo previsto en este artículo, deberá ser previamente autorizada por un Comité Ejecutivo integrado por el Jefe del Departamento Nacional de Provisiones o un delegado personal del mismo que él designe, y por el Proveedor General del Ministerio de Gobierno. La Contraloría General de la República dictará las medidas necesarias para efectuar la correspondiente fiscalización.
Decreto 2046 de 1950 →Vigente
Artículo 21
La Registraduria Nacional Del Estado Civil Podrá Adquirir Directamente Y Sin Intervención Del Departamento Nacional De Provisiones Los Elementos Y Útiles Que Se Requieran Para El Cumplimiento Eficaz De Sus Funciones
Decreto 2046 de 1950 · por el cual se señala nueva fecha para las elecciones de Senadores, Representantes, Diputados y Concejales, y se dictan disposiciones para garantizar la Pureza del sufragio.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.