Micelio

Artículo 191

Los Notarios Procurarán Su Asociación En Colegio De Notarios, Con Miras A La Elevación Moral, Intelectual Y Material Del Notariado Colombiano Y Estimular En Sus Miembros El Cumplimiento De Los Principios De Ética Profesional Y Los Deberes Del Servicio Que Les Está Encomendado

Decreto 960 de 1970 · Por el cual se expide el estatuto del Notariado

1 sentencia lo revisó1 inexequibilidad
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Notarios procurarán su asociación en Colegio de Notarios, con miras a la elevación moral, intelectual y material del notariado colombiano y estimular en sus miembros el cumplimiento de los principios de ética profesional y los deberes del servicio que les está encomendado.

JURISPRUDENCIA

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 191. Los Notarios procurarán su asociación en Colegio de Notarios, con miras a la elevación moral, intelectual y material del notariado colombiano y estimular en sus miembros el cumplimiento de los principios de ética profesional y los deberes del servicio que les está encomendado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 1999
    C-399/99ConstitucionalidadINEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
Ver toda la Decreto 960 de 1970