Micelio

Artículo 1.2.2.30

Declaración Semanal Gravamen A Los Movimientos Financieros - Formulario No. 410

Resolucion 227 de 2025 · Por la cual se expide la resolución Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria en lo de competencia de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Habilitar para la presentación de la "Declaración Semanal Gravamen a los Movimientos Financieros" correspondiente al año 2019 y siguientes, el Formulario Modelo Nº 410, prescrito mediante la Resolución 00006 de febrero 3 de 2017, diseño que forma parte integral de la presente Resolución.

Parágrafo

Los agentes de retención del gravamen a los movimientos financieros deberán presentar la declaración a través de los Servicios Informáticos Electrónicos, utilizando el Instrumento de Firma Electrónica (IFE) autorizado por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN. Las declaraciones presentadas por un medio diferente se tendrán como no presentadas.

(Artículo 6o, Resolución 4 de 2019)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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