En las transacciones comerciales pueden emplearse las siguientes pesas Kilogramos Libras Gramos Miligramos 50 2 500 500 20 1 200 200 10 ½ 100 100 5 ¼ 50 50 2 4 Onzas 20 20 1 2 10 10 1/2 1 5 5 1/2 2 2 1 1 b) Contrapesos I. Especificaciones
Decreto 956 de 1931 →Vigente
Artículo 50
En Las Transacciones Comerciales Pueden Emplearse Las Siguientes Pesas Kilogramos Libras Gramos Miligramos 50 2 500 500 20 1 200 200 10 ½ 100 100 5 ¼ 50 50 2 4 Onzas 20 20 1 2 10 10 1/2 1 5 5 1/2 2 2 1 1 B) Contrapesos I
Decreto 956 de 1931 · Por el cual se reglamenta la ley No. 33 de 1905, sobre pesas y medidas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.