Micelio

Artículo 6

La Vigencia De Este Decreto Retrotrae Al L Del Presente Mes

Decreto 810 de 1922 · por el cual se fijan los derechos por el servicio de faros y de boyas en los puertos marítimos de la República.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La vigencia de este Decreto retrotrae al l del presente mes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 810 de 1922