Micelio

Artículo 167

Vehículos Inmovilizados Por Orden Judicial

Ley 769 de 2002 · por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones.

1 sentencia lo revisó1 inexequibilidad
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado

Los vehículos que sean inmovilizados por orden judicial deberán llevarse a parqueaderos cuya responsabilidad será de la Dirección Ejecutiva de la Rama Judicial. Las autoridades de tránsito no podrán inmovilizar en los parqueaderos autorizados, vehículos por acciones presuntamente delictuosas.

NOTA: a través de la Sentencia C-440 de 2020 la Corte Constitucional declaró inxequible la expresión “el artículo 167 de la Ley 769 de 2002”, contenida en el artículo 336 derogatorio de la Ley 1955 de 2019,

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2020
    C-440/20ConstitucionalidadINEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
Ver toda la Ley 769 de 2002