Micelio

Artículo 10

Decreto 573 de 1988 · Por el cual se reglamenta los artículos 5º y 6º de la Ley 61 de 1987

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para los efectos del inciso primero del artículo 6º de la Ley 61 de 1987, se entiende que no hay solución de continuidad cuando el empleado no ha permanecido desvinculado de la entidad por más de quince (15) días hábiles.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 573 de 1988