°. El Formato Unico de Hoja de Vida es el instrumento fijado por el Gobierno Nacional para la obtención estandarizada de datos sobre el personal que presta sus servicios a las entidades y organismos de que trata el artículo 7° del presente decreto.
Decreto 1571 de 1998 →Vigente
Artículo 9
El Formato Unico De Hoja De Vida Es El Instrumento Fijado Por El Gobierno Nacional Para La Obtención Estandarizada De Datos Sobre El Personal Que Presta Sus Servicios A Las Entidades Y Organismos De Que Trata El Artículo 7° Del Presente Decreto
Decreto 1571 de 1998 · por el cual se reglamenta el Título IX y los numerales 2, 4, 8 y 10 del artículo 56 de la Ley 443 de 1998.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.