Micelio

Artículo 3

Entiéndase Que La Exención Consignada En El Artículo 12 De La Ley 94 De 1936, Para Las Encomiendas O Paquetes Postales Que Contengan Libros, Revistas O Periódicos, Los Exime Del Pago Del Impuesto De Timbre Nacional En Los Manifiestos Y También Que Las Facturas Consulares Correspondientes A Las Mismas, No Causarán Derecho Alguno

Decreto 1797 de 1936 · Por el cual se reglamenta la Ley 94 de 1936

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Entiéndase que la exención consignada en el artículo 12 de la Ley 94 de 1936, para las encomiendas o paquetes postales que contengan libros, revistas o periódicos, los exime del pago del impuesto de timbre nacional en los manifiestos y también que las facturas consulares correspondientes a las mismas, no causarán derecho alguno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1797 de 1936