Los Suboficiales y Marineros de las Fuerzas Militares en servicio activo tendrán derecho a recibir del Tesoro Público anualmente una Prima denominada "Prima de Navidad", igual a la mitad de un mes de sueldo básico que se liquidará con base en lo devengado por el Suboficial en el mes de noviembre, de acuerdo con su grado y que se pagará a más tardar el 23 de diciembre de cada año.
Cuando el Suboficial o Marinero no tenga un (1) año al servicio como tal o de reincorporado, la prima a que se refiere este artículo se liquidará proporcionalmente al tiempo que hubiere servido durante el año.