Articulo 35. Para la aprobación de lo previsto en los artículos 33 y 34 de Estos estatutos, la Caja se sujetara a las normas contenidas en el reglamento general de reclamaciones, sancionadas y procedimiento del Instituto (Decreto numero 1343 de 1949) y demás reglamentos modificativos o concordantes, en lo pertinente. Capítulo VI De las incompatibilidades.
Decreto 1415 de 1955 →Vigente
Artículo 35
Para La Aprobación De Lo Previsto En Los Artículos 33 Y 34 De Estos Estatutos, La Caja Se Sujetara A Las Normas Contenidas En El Reglamento General De Reclamaciones, Sancionadas Y Procedimiento Del Instituto (Decreto Numero 1343 De 1949) Y Demás Reglamentos Modificativos O Concordantes, En Lo Pertinente
Decreto 1415 de 1955 · Por el cual se aprueba el Acuerdo Número del Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.