Micelio

Artículo 7

Confiérase Al Comité Ejecutivo De La Federación Nacional De Ferrovías, La Organización Y Preparación De La X Convención, Con Las Siguientes Atribuciones: A) Señalar El Temario De La Convención, Sin Perjuicio De Las Adiciones O Modificaciones Que Este Mismo Le Introduzca

Decreto 1629 de 1949 · Por el cual se propicia una Convención Nacional de Ferrovías

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 7° Confiérase al Comité Ejecutivo de la Federación Nacional de Ferrovías, la organización y preparación de la X Convención, con las siguientes atribuciones

a)

Señalar el temario de la Convención, sin perjuicio de las adiciones o modificaciones que este mismo le introduzca.

b)

Preparar y dirigir todos los detalles materiales para la cumplida celebración de la Convención propaganda previa, determinación v arreglo de los locales do .sesiones, alojamiento de las delegaciones y de los observadores, programas de festejos, horario «le labores, papelería y útiles de escritorio, acceso y las tribunas, secretariado provisional, mientras la Convención lo determina, creación y designación de comités o asesorías ad-honórem para estas mismas funciones, etc.)

c)

Revisar provisionalmente las credenciales de los delegados y observadores, a medida que éstos se las envíen o se vayan presentando personalmente en Cartagena, y otorgar certificaciones también provisionales sobre suficiencia de tales credenciales mientras la ('«invención decide en definitiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1629 de 1949