Micelio

Artículo 14

Los Jefes De Policía Aplicarán Las Sanciones Establecidas En Este Decreto, Contra Las Cuales Sólo Habrá El Recurso De Queja

Decreto 1790 de 1930 · POR EL CUAL SE REGLAMENTAN LOS ARTICULOS 4°, 5°, 6°, 7° Y 8° DE LA LEY 56 DE 1927, SOBRE MINIMO DE EDUCACION OBLIGATORIA

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Jefes de Policía aplicarán las sanciones establecidas en este Decreto, contra las cuales sólo habrá el recurso de queja. Las Juntas de Censo Escolar quedan obligadas a suministrar a los Jefes de Policía los informes necesarios para el cumplimiento de esta obligación, y a vigilar que la cumplan con la mayor eficacia posible. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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