ARTICULO 19. Cuando en la identificación de la clasificación sanguínea se utilice el método de codificación por color, ésta deberá atender a las normas internacionales, a saber: GRUPO A: Amarillo GRUPO B: Rosado GRUPO AB: Blanco enmarcado en negro GRUPO O: Azul
Artículo 19
Cuando En La Identificación De La Clasificación Sanguínea Se Utilice El Método De Codificación Por Color, Ésta Deberá Atender A Las Normas Internacionales, A Saber: Grupo A: Amarillo Grupo B: Rosado Grupo Ab: Blanco Enmarcado En Negro Grupo O: Azul
Decreto 1571 de 1993 · por el cual se reglamenta parcialmente el Título IX de la Ley 09 de 1979, en cuanto a funcionamiento de establecimientos dedicados a la extracción, procesamiento, conservación y transporte de sangre total o de sus hemoderivados, se crean la Red Nacional de Bancos de Sangre y el Consejo Nacional de Bancos de Sangre y se dictan otras disposiciones sobre la materia.
El texto del artículo
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Historia constitucional
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