Para llenar la función de que trata el aparte j) del artículo anterior, se constituirá un Tribunal de Comercio, compuesto de siete miembros de la misma Cámara, que sean ciudadanos en ejercicio, elegidos de la siguiente manera: cuatro, directamente por la Cámara, y tres nombrados por el Presidente de la República de ternas que la Cámara le presente.
Decreto 1902 de 1915 →Vigente
Artículo 10
Para Llenar La Función De Que Trata El Aparte J) Del Artículo Anterior, Se Constituirá Un Tribunal De Comercio, Compuesto De Siete Miembros De La Misma Cámara, Que Sean Ciudadanos En Ejercicio, Elegidos De La Siguiente Manera: Cuatro, Directamente Por La Cámara, Y Tres Nombrados Por El Presidente De La República De Ternas Que La Cámara Le Presente
Decreto 1902 de 1915 · Por el cual se reorganiza la Cámara de Comercio de Bogotá
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.