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Artículo 3

En Tanto El Consejo Superior De Comercio Exterior Fije Un Término Diferente, El Instituto Colombiano De Comercio Exterior, Incomex, Tendrá Un Término De Ocho (8) Días Hábiles

Decreto 259 de 1992 · por el cual se reglamenta la Decisión 291 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º En tanto el Consejo Superior de Comercio Exterior fije un término diferente, el Instituto Colombiano de Comercio Exterior, Incomex, tendrá un término de ocho (8) días hábiles. para realizar el registro de que trata el artículo 1º del presente Decreto. En todo caso, cuando al vencimiento del término fijado para el registro, el Instituto Colombiano de Comercio Exterior, Incomex, no se hubiere pronunciado en contrario, se entenderá registrado el contrato.

Parágrafo 1

La información de este registro será enviada trimestralmente al Ministerio de Desarrollo Económico con el fin de dar apoyo al diseño de las políticas de desarrollo tecnológico.

Parágrafo 2

Para efectos del pago de regalías correspondientes, el registro surtirá plenos efectos desde la fecha del Registro, o desde el vencimiento del término sin que el Instituto Colombiano de Comercio Exterior se haya pronunciado en contrario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 259 de 1992