Micelio

Artículo 4

Los Egresos Se Contabilizarán Con El Asiento Siguiente: Reservas-Fondo De Economías A Fondos Reservados ; Y Los Saldos Que No Se Gasten En Un Mes Pasarán Como Existencia Para El Mes Siguiente

Decreto 16 de 1926 · Por el cual se reglamenta el artículo 11 de la Ley 88 de 1925, respecto de las economías que se hagan en las Unidades del Ejército

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los egresos se contabilizarán con el asiento siguiente: Reservas-Fondo de economías a Fondos reservados ; y los saldos que no se gasten en un mes pasarán como existencia para el mes siguiente. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 16 de 1926