Micelio

Artículo 6

La Dirección General De Impuestos Nacionales Sólo Podrá Autorizar El Uso De Una Máquina Por Persona Jurídica

Decreto 506 de 1983 · Por el cual se reglamenta el artículo 19 de la Ley 2ª de 1976

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La Dirección General de Impuestos Nacionales sólo podrá autorizar el uso de una máquina por persona jurídica. Sin embargo, cuando el volumen de documentos por timbrar u otras consideraciones ameriten el uso de la máquina por sus sucursales o agencias, las entidades señaladas en el artículo anterior, podrán solicitar la compra y uso de unidades adicionales. La solicitud y autorización respectiva debe hacerse individualmente para cada una de ellas, respecto de las cuales operan las mismas condiciones y requisitos establecidos por este reglamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 506 de 1983