Micelio

Artículo 44

Para Ascender Al Grado De Mayor O Capitán De Corbeta, Se Requiere Hacer Y Aprobar Un Curso De "capacitación" Con Una Duración Mínima De Doce (12) Semanas, En Las Escuelas Que Determinen Los Comandos De Fuerza, De Acuerdo Con Sus Respectivas Especialidades Y Reglamentación Que Expida El Gobierno

Decreto 3071 de 1968 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para ascender al grado de Mayor o Capitán de Corbeta, se requiere hacer y aprobar un curso de "Capacitación" con una duración mínima de doce (12) semanas, en las Escuelas que determinen los Comandos de Fuerza, de acuerdo con sus respectivas especialidades y reglamentación que expida el Gobierno. Estos cursos podrán desarrollarse en forma conjunta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3071 de 1968